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reclamaciones de los perjudicados por el cártel de los camiones

Castillo Rovira Abogados lleva más de quince años asesorando a empresas del sector del transporte por carretera y pone su experiencia profesional a favor de los perjudicados por el cártel de los camiones para reclamar la máxima indemnización posible por los perjuicios sufridos como consecuencia de la concertación de precios y retraso de tecnología acordados por los fabricantes implicados.

¿QUIÉN PUEDE RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN?
Todas las entidades mercantiles y empresarios autónomos que hayan adquirido en propiedad o leasing algún vehículo nuevo (de primera mano) de transporte de mercancías de más de 6 toneladas de MMA entre el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011 de los fabricantes DAF, Daimler, Iveco, MAN y Volvo/Renault; salvo MAN, que terminó el 20 de septiembre de 2010. En relación a la marca Scania, está pendiente de concluirse el procedimiento iniciado por la Comisión Europea.

PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR
Los trámites para la reclamación de la indemnización comienzan con la contratación de un perito que determinará de forma individualizada el importe del perjuicio sufrido en la adquisición de cada uno de los vehículos.

Tras tener fijado el importe de la indemnización, los trámites a seguir comienzan con una reclamación extrajudicial en nombre del perjudicado dirigida por Castillo Rovira Abogados frente al fabricante de cada vehículo.

Una vez agotada la posibilidad de acuerdo extrajudicial, se inicia la reclamación judicial frente al Juzgado de Lo Mercantil de la provincia donde el perjudicado tenga su domicilio, garantizando así una proximidad que permita un seguimiento directo del procedimiento.

La reclamación judicial se basa en existencia de acuerdos para la fijación de precios por parte de los fabricantes afectados que ha sido declarada como probada por la Comisión Europea, por lo que el deber de indemnizar a los perjudicados está plenamente justificado.

La clave de la reclamación está en el informe pericial que justifique adecuadamente el importe del perjuicio sufrido por la adquisición de cada uno de los vehículos. Por este motivo en Castillo Rovira Abogados realizamos reclamaciones individuales para cada uno de los perjudicados para tener las máximas posibilidades de éxito.

DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA RECLAMACIÓN
Como el perjuicio sufrido consiste en el sobreprecio pagado de más en cada adquisición del vehículo, la documentación necesaria para la reclamación se limita a:

  • La factura en caso de compra, o la póliza con la entidad financiera en caso de arrendamiento financiero (leasing), de cada vehículo objeto de reclamación.
  • Permiso de circulación de cada uno de los vehículos adquiridos.
  • Autorización de transporte del profesional o empresa reclamante.

Además, al tratarse de una reclamación judicial en necesario un poder notarial de representación procesal a favor de los siguientes profesionales:
Abogados: D. Santiago Castillo Rovira y D. José Ignacio García Monreal.
Procuradores: D. Leopoldo González Campillo y D. Alfonso Arjona Ramirez.

PLAZO PARA INICIAR LA RECLAMACIÓN
En este tipo de reclamaciones, el plazo para presentar la reclamación es de un año desde el momento en que los perjudicados pudieron conocer todos los datos necesarios para presentar su reclamación.
Este conocimiento tuvo lugar el 6 de abril de 2017, fecha en la que la Comisión Europea publicó tanto el resumen de la Decisión en la que acordó sancionar al cártel de camiones, como una versión no confidencial de dicha Decisión. Por lo tanto, el plazo de reclamación vencería el 6 de abril de 2018.

COSTE DE LA RECLAMACIÓN
Para la tramitación de la reclamación es necesaria la intervención de abogado y procurador, además del perito para la elaboración del informe sobre el importe de la indemnización.
Tanto el abogado como el procurador, aplazan el cobro de sus honorarios al resultado de la reclamación, por lo que no es necesario anticipar fondos. Únicamente se solicita de forma anticipada la cantidad de 150 euros en concepto de apertura de expediente.

Finalmente la tramitación ante el Juzgado de la reclamación exige una tasa de 300 euros, que se abona a través de la Agencia Tributaria.

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